El “error” de contrato que le puede costar millones

La figura del “Falso Servicio Profesional” oculta relaciones laborales reales. Conozca cómo identificar si su patrono evade el pago de aguinaldo, vacaciones y seguridad social bajo esta modalidad.

(San José). Miles de trabajadores en Costa Rica dejan de percibir millones de colones al finalizar sus relaciones laborales debido a una confusión legal común. Firmar un contrato de “Servicios Profesionales” cuando en la práctica se cumplen horarios y órdenes directas, podría significar la renuncia involuntaria a derechos irrenunciables como el aguinaldo, las vacaciones y la cesantía.

Dos mundos legales distintos

La legislación costarricense divide el empleo en dos grandes áreas: la relación laboral y la mercantil. El contrato por tiempo indefinido es el estándar que garantiza al trabajador el acceso al seguro social, vacaciones pagadas y el decimotercer mes.

Por el contrario, la modalidad de Servicios Profesionales está diseñada exclusivamente para proveedores independientes. En este esquema no existen jefes directos ni horarios impuestos, pero tampoco hay pago de beneficios sociales ni indemnizaciones por despido.

La trampa del “Falso Servicio Profesional”

El conflicto legal surge cuando una empresa utiliza la figura de servicios profesionales para evadir cargas sociales, pero trata a la persona como un empleado fijo. Esto se conoce jurídicamente como un “Falso Servicio Profesional”.

Ante esta situación, los tribunales aplican el principio de la “Primacía de la Realidad”. Esta norma establece que no importa lo que diga el contrato escrito firmado, lo que tiene validez legal es cómo se ejecutó el trabajo en el día a día.

Indicios de una relación laboral

El elemento determinante para probar que se es empleado es la subordinación jurídica. Si el trabajador recibe órdenes, supervisiones constantes o sanciones disciplinarias, se considera una relación laboral, independientemente de cómo se le pague.

Otros factores clave incluyen el cumplimiento de un horario fijo de entrada y salida, así como la recepción de un salario periódico invariable. También cuenta el uso de herramientas, oficinas o equipos que pertenecen a la empresa y no al trabajador.

Un impacto millonario en su bolsillo

La diferencia económica al terminar el contrato es abismal. Por ejemplo, un trabajador con tres años de antigüedad y un ingreso de ₡500.000, recibiría una liquidación aproximada de ₡2.2 millones bajo un contrato laboral.

Bajo la modalidad de servicios profesionales, esa misma persona se iría con cero colones. Al no ser reconocido como empleado, pierde el derecho al preaviso, el auxilio de cesantía, los aguinaldos acumulados y las vacaciones no disfrutadas.

Mecanismos de reclamo

Los trabajadores afectados tienen un plazo de un año, contado a partir de la finalización de la relación, para presentar reclamos. Los expertos recomiendan iniciar con una carta de cobro administrativo para buscar una conciliación.

Para realizar los cálculos exactos de lo adeudado, el Ministerio de Trabajo pone a disposición una calculadora oficial en su sitio web. Esta herramienta es fundamental para establecer los montos reales antes de elevar el caso a instancias judiciales.

Derechos irrenunciables

En definitiva, la legislación nacional protege al trabajador por encima de cualquier formalidad de papel. Reconocer una relación laboral encubierta es el primer paso para recuperar garantías sociales y económicas que son inalienables. Asesorarse a tiempo no es un acto de conflicto, sino de justicia y respeto a la propia fuerza de trabajo.

Puntos clave para el trabajador

  • La Diferencia: Un asalariado vende su tiempo y obedece órdenes; un profesional independiente vende un resultado sin horarios impuestos.
  • El Engaño: Si usted factura, pero tiene jefe, cumple horario y usa equipos de la empresa, es un “Falso Servicio Profesional”.
  • La Pérdida: Al aceptar esta modalidad ilegal, usted renuncia a: Aguinaldo, Vacaciones pagadas, Preaviso, Cesantía y Seguro Social patronal.
  • La Solución: La ley protege la realidad sobre el papel. Usted puede reclamar el pago retroactivo de estos derechos.
  • El Plazo: Tiene 1 año máximo desde que finaliza la relación para presentar una demanda o reclamo.

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